La Comisión de Igualdad de ACTREN firma el Plan de igualdad ACTREN 2016-2020


La Comisión de Igualdad de ACTREN, formada por tres miembros designados por la Dirección de la Empresa y tres miembros designados por la Representación Legal de los Trabajadores, dos de CCOO y uno de FTC IAC, ha suscrito el Plan de Igualdad 2016-2020 con el objetivo de continuar implantando las políticas de igualdad en el seno de la Empresa. Con esta firma, se da continuidad a los principios del Código de Conducta y Prácticas Responsables de ACTREN, que contempla el total compromiso de todos los profesionales de la Empresa en la lucha contra la discriminación por razón de género y prohíbe toda forma de acoso o abuso sexual, así como cualquier otra conducta que pudiera generar un entorno de trabajo intimidatorio, ofensivo u hostil por dicho motivo.

El Plan de Igualdad de ACTREN, redactado con el asesoramiento de los servicios jurídicos de ACTREN y del Sindicato CCOO, contempla el desarrollo de 60 medidas con el objetivo de conseguir, en el plazo de 4 años, que la Empresa sea una referencia en Igualdad, del mismo modo que ya lo es en Mantenimiento Ferroviario.

Entre estas medidas, destacan las encaminadas a desarrollar protocolos donde se tengan en cuenta los géneros subrepresentados por puesto de trabajo y se favorezca la integración de estos en Actren. También se han diseñado medidas concretas en relación con trabajadoras víctimas de violencia de género. El Plan también contempla la realización de Jornadas de Sensibilización acerca de todos los aspectos contemplados en el Plan, tales como la necesidad de utilizar un lenguaje no sexista, la revisión de todos los procesos de selección, conciliación, retribución y promociones para asegurar que cumplen con lo marcado en el Plan de Igualdad y la persecución de cualquier forma de acoso sexual.

Desde el momento de la firma del Plan de Igualdad, la Comisión de Igualdad ha iniciado un seguimiento de las actuaciones contempladas en el Plan. Para ello, serán fundamentales las aportaciones que puedan realizar los trabajadores y las trabajadoras y los datos que la Dirección facilite a la Comisión periódicamente.